TPV Certificado: Requisitos para evitar Multas

Muchos autónomos desconocen cuáles son los requisitos para disponer de un TPV certificado y evitar posibles multas este octubre.
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Desde octubre del año pasado, los autónomos en España enfrentan sanciones de hasta 50.000 euros por utilizar software de doble uso en sus contabilidades. Con esta medida, Hacienda pretende regularizar las transacciones y operaciones para evitar fraudes fiscales.

A partir de esa misma fecha, también se exige la validación de los terminales de cobro (TPV) ante Hacienda, lo que ha generado confusión entre los emprendedores. Los pequeños empresarios desconocen los requisitos exactos para dicha validación.

La inversión media para pequeños negocios en la compra de estos terminales oscila entre los 1.000 y 1.500 euros. Esta cifra se ha vuelto aún más relevante con el aumento en el uso de tarjetas de crédito debido a la pandemia.

No obstante, los autónomos sienten incertidumbre sobre si sus TPVs cumplen con las normativas exigidas. La falta de un proceso de certificación claro en España ha agravado esta ambigüedad, poniendo a muchos pequeños empresarios en una situación precaria.

En resumen

  • Nuevas sanciones de 50.000 euros afectan a autónomos que usan software no homologado.
  • La falta de claridad en la normativa de validación de TPVs genera incertidumbre entre emprendedores.
  • Las inversiones en TPVs han aumentado debido al auge de pagos con tarjeta post-pandemia.
  • Sanciones que afectan a productores, proveedores y clientes

    Una legislación aprobada el 11 de julio de 2021

    El Real Decreto Ley 11/2021, que se aprobó el 11 de julio de 2021, introdujo una serie de medidas destinadas a combatir el fraude fiscal, afectando directamente a autónomos, negocios y otros profesionales. Esta normativa exige que todos los programas informáticos y electrónicos utilizados en la contabilidad, facturación y gestión de actividades económicas cumplan con ciertos principios.

    Estos principios incluyen la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros. Estos sistemas deben ser utilizados por los productores, comercializadores y usuarios.

    Los productores y distribuidores tienen la responsabilidad de garantizar que sus sistemas cumplan con la normativa. A pesar de no haber sanciones previas específicas, cualquier software que facilite una doble contabilidad es ilegal. La nueva ley impone fuertes sanciones a quienes comercialicen, fabriquen o utilicen programas que permitan la manipulación indebida de registros contables.

    ¿En qué casos puede ser sancionado un autónomo por tener estos programas o dispositivos?

    Los autónomos pueden enfrentar sanciones incluso si no utilizan software de manipulación en sus operaciones diarias. La mera posesión de estos programas en su negocio es suficiente para una sanción.

    Por ejemplo, un autónomo que regenta un bar podría comprar un software de doble uso para ocultar ingresos y pagar menos IVA. Aunque no utilice el software, la simple posesión es sancionable. La ley define varias características que hacen que un software sea considerado de doble uso:

  • Capacidad para llevar contabilidades distintas.
  • Omisión total o parcial de transacciones.
  • Registro de transacciones distintas a las anotadas.
  • Alteración de transacciones ya registradas.
  • Falta de cumplimiento con especificaciones técnicas que garanticen la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros.
  • Fabricación, producción o comercialización de sistemas sin certificación requerida por normativa.
  • Cualquier autónomo utilizando o poseyendo estos dispositivos se arriesga a sanciones económicas y legales impuestas por la Agencia Tributaria.

    La sanción se podría añadir a las multas ya vigentes por ocultar o no llevar la contabilidad

    Además de las nuevas sanciones, las multas existentes pueden aplicarse por ocultación o incorrecta llevanza de contabilidad bajo la Ley General Tributaria. Estas multas se dividen en varios tipos, según la infracción:

  • Multa fija de 150 euros: Por errores u omisiones de operaciones.
  • Multa proporcional del 1%: De cargos, abonos o anotaciones omitidos, inexactos, falseados o erróneos, con un mínimo de 150 euros y un máximo de 6.000 euros.
  • No llevanza de contabilidad: Multa del 1% de la cifra de negocios del ejercicio correspondiente, con un mínimo de 600 euros.
  • Contabilidades distintas: Multa fija de 600 euros por cada ejercicio afectado.
  • Retraso en llevanza de contabilidad: Multa fija de 300 euros si el retraso es mayor de cuatro meses.
  • Retraso en obligación de llevar Libros Registro: Multa proporcional del 0,5% del importe de la factura no registrada, con un mínimo trimestral de 300 euros y un máximo de 6.000 euros.
  • Uso de libros y registros no diligenciados: Multa fija de 300 euros.
  • Las sanciones buscan asegurar que la contabilidad de negocios y autónomos se maneje de manera transparente y correcta, cumpliendo con las normativas fiscales. La inspección de Hacienda tiene la autoridad para imponer estas sanciones y asegurar su cumplimiento.

    Además, se hacen responsables a los fabricantes y distribuidores de equipos TPV (Terminales de Punto de Venta) y otros sistemas electrónicos, a quienes también pueden imponerse multas significativas. La responsabilidad se extiende a todos los actores involucrados en la cadena de comercialización y utilización de estos programas.

    Preguntas Frecuentes

    ¿Cuáles son los requisitos legales para operar un TPV como autónomo?

    Para operar un TPV como autónomo, es necesario cumplir con ciertas normativas establecidas por la ley antifraude. Estos dispositivos deben ser homologados para asegurar la integridad y la transparencia de las transacciones. Además, se requiere que el software sincrónico o los sistemas utilizados sean capaces de prevenir la manipulación de tickets o la ocultación de ventas.

    ¿Cómo puedo asegurarme de que mi TPV cumple con la normativa vigente?

    Para asegurarse de que un TPV cumple con la normativa vigente, lo mejor es optar por dispositivos ya certificados por la autoridad competente. Estos dispositivos deben cumplir con los requerimientos específicos de la Ley Antifraude, lo que incluye la integridad y la imposibilidad de manipulación de datos. También es recomendable consultar a un experto o a la empresa proveedora del TPV para verificar su conformidad.

    ¿Qué sanciones pueden aplicarse por el uso de un TPV no certificado?

    El uso de un TPV no certificado puede acarrear sanciones económicas significativas. En algunos casos, las multas pueden llegar hasta los 50.000 euros. Estas sanciones buscan evitar la evasión fiscal y asegurar que todas las transacciones sean registradas de manera precisa y transparente.

    ¿Es obligatorio disponer de un TPV certificado para todos los autónomos?

    No todos los autónomos están obligados a disponer de un TPV certificado, pero sí aquellos que ofrecen servicios o productos donde el pago con tarjeta sea una opción frecuente. La no certificación del TPV en estos casos puede llevar a sanciones y problemas legales debido al incumplimiento de la normativa.

    ¿Qué pasos debo seguir para registrar correctamente mi TPV ante la autoridad competente?

    Para registrar un TPV correctamente, es importante seguir estos pasos:

    Adquirir un TPV certificado: Asegurarse de que el dispositivo cumpla con todos los requisitos legales.
    Reunir la documentación necesaria: Incluye documentos de identificación y datos fiscales del autónomo.
    Presentar la solicitud ante la autoridad competente: Puede ser necesario llenar formularios y proporcionar información detallada sobre el TPV y su uso.
    Esperar la aprobación: Una vez presentada la documentación, esperar la aprobación y certificación oficial.

    ¿Qué documentación es necesario presentar para la certificación de un TPV?

    Para la certificación de un TPV, es necesario presentar varios documentos que demuestren que el dispositivo cumple con las normativas vigentes. Los documentos incluyen:

  • Identificación fiscal del autónomo: Documentos como el NIF.
  • Pruebas de compra del TPV: Facturas o recibos.
  • Muestreo del software utilizado: Demostración del funcionamiento y seguridad del software del TPV.
  • Documentación técnica del TPV: Especificaciones técnicas y características del dispositivo.
  • Es crucial mantener todos estos documentos en orden y disponibles para cualquier inspección o revisión por parte de la autoridad competente.

    6 respuestas
    1. ¿Alguien sabe si estas sanciones solo aplican a los autónomos que usan programas ilegales? Me parece un poco difuso. ¿Y si el proveedor no sabía que el software no estaba certificado?

    2. ¿Alguién sabe si la legislación del 11 de julio también afecta a los autónomos con TPV no certificados antes de esa fecha? ¿O solo aplica a los nuevos? ¡Ayuda, por favor!

    3. ¿Alguien ha notado si esta nueva legislación ha impactado realmente en las multas a autónomos? Me parece que aún hay mucha confusión sobre los requisitos del TPV certificado.

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