El nuevo convenio de hostelería Córdoba 2024-2026 representa un punto de inflexión para todos los empresarios del sector. Contempla actualizaciones significativas en aspectos fundamentales como la estructura salarial, los horarios laborales y las condiciones de trabajo.
La negociación entre asociaciones empresariales y sindicatos ha dado como resultado un documento que busca equilibrar la rentabilidad de los negocios con los derechos de los trabajadores. ¿Te has preguntado cómo impactará en tu restaurante o bar?
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Novedades principales del convenio 2024-2026: cambios que transformarán el sector
El convenio de hostelería Córdoba 2024-2026 trae cambios significativos que transformarán el panorama laboral del sector. Las negociaciones han dado como resultado mejoras sustanciales en diferentes áreas que afectarán directamente la gestión de tu negocio hostelero.
Cambios en salarios y remuneraciones
La nueva tabla salarial contempla incrementos progresivos que buscan dignificar la profesión y reducir la rotación de personal. Para 2024 se establece un aumento del 3,3% respecto a los niveles de 2023, seguido de un 3,4% para 2025 y otro 3,4% para 2026. Las categorías profesionales mantienen su estructura tradicional, con diferentes niveles según el tipo de establecimiento.
El plus de nocturnidad aumenta hasta el 25% para las horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00 horas, aplicándose únicamente a trabajadores de pub, bares musicales, discotecas, salas de fiestas y establecimientos que desarrollen trabajos nocturnos por su propia naturaleza.
Jornada laboral y descansos
La jornada se mantiene en 40 horas semanales, conservando la flexibilidad para la distribución irregular durante ocho semanas al año (máximo 30 días de trabajo efectivo), con jornada máxima diaria de 10 horas y semanal de 50 horas. Se mantiene el descanso obligatorio de 12 horas entre jornadas y dos días naturales de descanso semanal dentro de la misma semana.
La jornada irregular debe comunicarse con 6 días de antelación mínima, y su compensación se realizará en un plazo máximo de tres meses mediante días completos de descanso, pudiendo el trabajador elegir la forma de compensación.
Vacaciones y permisos retribuidos
El período vacacional se establece en 31 días naturales con posibilidad de fraccionamiento en dos períodos (60% máximo y 40% mínimo del total). Las empresas y representantes pueden acordar otros sistemas de disfrute mediante mutuo acuerdo.
Los permisos retribuidos incluyen 15 días naturales por matrimonio del trabajador, 4 días por nacimiento de hijos (más 2 días adicionales por cada hijo en partos múltiples), 4 días por fallecimiento de familiares directos y 5 días por accidente o enfermedad grave de parientes hasta segundo grado. Se incorpora un permiso de un día al año para asuntos propios (con más de 6 meses de antigüedad) y diversas licencias por motivos médicos y familiares.
Beneficios para los trabajadores: mejoras en derechos laborales y económicos
El nuevo convenio de hostelería de Córdoba 2024-2026 representa un avance significativo en las condiciones laborales del sector que impactará positivamente en la calidad de vida de miles de profesionales. Los cambios negociados aportan mejoras sustanciales tanto en aspectos económicos como en derechos laborales.
Mejoras en condiciones laborales
El convenio mantiene las 40 horas semanales con flexibilidad para adaptarse a las necesidades del sector. Los empleados disfrutarán de dos días naturales de descanso semanal, garantizando que al menos una vez cada cuatro semanas sea continuado y que incluya sábado y domingo.
La implementación de medidas de conciliación familiar se refuerza con la posibilidad de adaptar jornadas para trabajadores con hijos menores de 5 años, procurando horarios compatibles con guarderías y colegios.
Los incrementos salariales progresivos del 3,3% para 2024, 3,4% para 2025 y 3,4% para 2026 responden a la necesidad de actualizar los sueldos a la realidad económica actual. El complemento por antigüedad del 3% sobre el salario base al cumplir tres años permanece vigente, reconociendo la fidelidad y experiencia de los profesionales.
Protección social y seguros
La negociación ha conseguido importantes avances en materia de seguridad y protección para los profesionales del sector. Se establece un seguro de accidente que cubre muerte con 27.531,91€ para 2024 e invalidez permanente total o absoluta con 34.414,91€.
El convenio mejora las prestaciones por incapacidad temporal, complementando hasta el 100% del salario desde el primer día en casos de accidente laboral, enfermedad profesional o enfermedad común con hospitalización. Para enfermedad común sin hospitalización, la complementación alcanza el 100% a partir del día 60 de baja (con más de 6 meses de antigüedad y sin sustitución por interinidad).
Se incorpora un subsidio por defunción de 344,14€ para trabajadores fijos y la obligación empresarial de proporcionar uniformidad completa (dos de invierno y dos de verano) o compensación de 17,20€ anuales.
Obligaciones para los empresarios: nuevas responsabilidades a cumplir
El convenio de hostelería de Córdoba 2024-2026 establece una serie de responsabilidades que los propietarios de establecimientos hosteleros deben cumplir escrupulosamente. Estas obligaciones no solo responden a exigencias legales, sino que también contribuyen a crear un entorno laboral más justo y productivo.
Requisitos de contratación
Como empresario hostelero en Córdoba, debes cumplir con los porcentajes mínimos de trabajadores fijos: en empresas de 1 a 3 trabajadores, al menos uno debe ser fijo; de 4 a 20 trabajadores, mínimo 30%; de 21 a 30 trabajadores, 35%; de 31 a 50 trabajadores, 40%; y empresas de más de 50 trabajadores, mínimo 50% fijos.
El convenio exige formalizar todos los contratos por escrito independientemente de su duración, entregando copia básica a los representantes legales en un plazo máximo de 10 días. Las nóminas deben abonarse nunca más tarde del 5º día posterior al mes correspondiente.
El control de contratación incluye la obligación de proporcionar a los representantes legales copia básica de todos los contratos, incluidos los de empresas de trabajo temporal, con documentación acreditativa del cumplimiento de obligaciones salariales y de Seguridad Social.
Normativas de seguridad y salud
El nuevo convenio refuerza significativamente las obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales. Como empresario, debes realizar evaluaciones de riesgos específicas para cada puesto y actualizarlas anualmente o cuando cambien las condiciones laborales.
Debes implementar reconocimientos médicos anuales gratuitos para todos los trabajadores, realizados durante el horario laboral. Para nuevos ingresos, el reconocimiento es obligatorio antes de la incorporación.
Las empresas deben facilitar uniformes completos (mínimo dos de invierno y dos de verano, incluyendo calzado) con duración máxima de dos años para uniformes y un año para calzado. En caso de no facilitar uniformidad, debe abonarse una compensación de 17,20€ anuales para 2024.
Valoración general: equilibrio entre trabajadores y empresarios
El Convenio de Hostelería Córdoba 2024-2026 representa un paso adelante para la modernización del sector hostelero cordobés. Con mejoras graduales en salarios, beneficios y condiciones laborales distribuidas a lo largo de tres años, este acuerdo equilibra las necesidades de trabajadores y empresarios.
La vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026 proporciona estabilidad y previsibilidad tanto para la planificación empresarial como para la seguridad laboral de los trabajadores. La estructura de incrementos progresivos permite una adaptación sostenible a los nuevos costes.
Tanto si eres empleado como propietario, prepararte ahora para estos cambios te dará ventaja competitiva. El futuro del sector hostelero en Córdoba dependerá de cómo todos los actores involucrados implementen y aprovechen este nuevo marco normativo.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo entra en vigor el nuevo convenio de hostelería?
El convenio tiene vigencia desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2026. Los efectos se aplican retroactivamente desde el 1 de enero de 2024, independientemente de la fecha de publicación.
¿Qué aspectos del convenio anterior se mantienen sin cambios?
El nuevo convenio mantiene las categorías profesionales básicas y el sistema de clasificación de establecimientos según el ALEH. Las normas sobre uniformidad y presentación personal, así como el régimen disciplinario, también permanecen estables, proporcionando continuidad en aspectos fundamentales del sector.
¿Cómo pueden los empresarios adaptarse mejor a estos cambios?
Se recomienda implementar sistemas digitales de gestión para facilitar el cumplimiento del registro horario obligatorio, la planificación de turnos y el control de descansos. La adopción de herramientas tecnológicas ayuda a optimizar el cumplimiento normativo y evitar posibles sanciones, especialmente en la gestión de jornadas irregulares y compensaciones.
¿Qué medidas incluye para la estabilidad en el empleo?
El convenio establece porcentajes mínimos obligatorios de trabajadores fijos según el tamaño de la empresa, desde un trabajador fijo en empresas de 1-3 empleados hasta el 50% en empresas de más de 50 trabajadores. También incluye criterios de prioridad en contratación para profesionales del sector y trabajadores con experiencia previa en la empresa.

Hola, por esposa con discapacidad puede pedir reducción de jornada, tiene un 75% y necesita ayuda
¡Hola Anabel! Sí, tienes derecho a solicitar reducción de jornada para cuidar de tu esposa con discapacidad del 75%.
Derechos que te corresponden:
– Puedes solicitar una reducción entre un octavo y la mitad de tu jornada laboral
– El salario se reduce de forma proporcional al tiempo trabajado
– Es un derecho reconocido para cuidado directo de familiares con discapacidad
Requisitos:
– Tener guarda legal de la persona con discapacidad
– Que la persona con discapacidad no desempeñe actividad retribuida
– Justificar la necesidad de cuidado directo
La empresa no puede negarse si cumples los requisitos legales. Es un derecho laboral reconocido para cuidado de familiares con discapacidad.
Hola
Saber si en hostelería los camareros,en su turno d trabajo,se les dan d comer?
Es normal k uno salga a las 18:00h sin comer?
Para luego entrar a las 20:00h., K muchos ni van a casa a comer,y comen en el super..
¡Hola Carmen!
Según el convenio colectivo de hostelería de Córdoba, no existe una obligación general de proporcionar comida a todos los trabajadores. Sin embargo:
Casos donde SÍ se debe proporcionar:
– El artículo 44 del convenio establece una asignación de manutención de 37,08€ (en 2024) que se aplica únicamente a las empresas que ya lo contemplaban en la antigua Ordenanza Laboral de Hostelería de 1974 (Anexo III)
– Estas empresas deben facilitar la manutención a los trabajadores que tengan derecho a ella
Para el resto de establecimientos:
– No hay obligación legal de dar comida
– Depende de lo que se haya pactado en tu contrato individual o de las condiciones específicas de tu empresa
Sobre tu horario específico (salida 18:00h – entrada 20:00h)
Descanso entre jornadas:
– El convenio establece que entre el final de una jornada y el inicio de la siguiente deben transcurrir mínimo 12 horas. En tu caso, solo hay 2 horas de descanso, lo cual NO cumple con esta normativa.
Jornada partida:
– La jornada se puede partir una única vez con un descanso mínimo de 2 horas
– Tu situación parece ser dos turnos separados el mismo día, lo cual debe respetar los descansos establecidos