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Convenio de Hostelería de Madrid 2025: Guía completa

Domina el Convenio de Hostelería de Madrid: salarios actualizados 2024-2025, clasificación profesional, horarios, permisos y derechos laborales esenciales para tu carrera.
Tabla de contenidos

Si trabajas como camarero, cocinero, recepcionista o en cualquier puesto del sector hostelero en la capital, el Convenio de Hostelería de Madrid determina aspectos cruciales de tu vida profesional que quizás desconoces. Muchos empleados pierden dinero o derechos simplemente por no conocer lo que les corresponde según su categoría profesional y antigüedad.

Dominar los detalles de este convenio te permitirá negociar mejor tu salario, reclamar lo que te pertenece y evitar que te pisen los derechos laborales. Desde las tablas salariales actualizadas hasta los complementos por nocturnidad, festivos y horas extra, descubrirás todo lo que necesitas saber para proteger tu carrera en la hostelería madrileña.

Convenio hostelería Madrid: características principale

El convenio establece un marco sólido que regula cada aspecto de tu negocio hostelero. Estas características fundamentales determinarán cómo gestionas tu equipo y planificas tus operaciones diarias.

Ámbito de aplicación

Tu restaurante o bar entra dentro del ámbito de aplicación cuando desarrolla actividades hosteleras en la Comunidad de Madrid. Esto incluye restaurantes, bares, cafeterías, discotecas, hoteles y cualquier establecimiento que sirva comidas o bebidas al público.

El convenio también abarca servicios de catering, empresas de restauración colectiva y comedores de empresa. Si tienes una terraza, un food truck o incluso un servicio de delivery, también estás incluido en esta regulación.

Tipo de EstablecimientoIncluido
Restaurantes y bares
Hoteles con servicio de restauración
Catering y eventos
Comedores empresariales
Discotecas y pubs
Cafeterías y heladerías

Vigencia y duración

El convenio actual tiene una vigencia que se extiende desde 1 de enero de 2023 hasta 31 de diciembre de 2025. Una vez que expire, se prorroga automáticamente hasta que se firme uno nuevo, manteniendo todos los derechos adquiridos durante las negociaciones.

Las revisiones salariales se producen anualmente, normalmente en enero, con efectos retroactivos si la negociación se prolonga. Esta mecánica garantiza que ningún trabajador pierda incrementos salariales por demoras en las negociaciones patronales y sindicales.

Empresas y trabajadores afectados

El convenio protege a más de 180,000 trabajadores en aproximadamente 25,000 empresas hosteleras de Madrid. Todos tus empleados están cubiertos: camareros, cocineros, ayudantes, encargados, limpieza y personal administrativo, independientemente del tipo de contrato.

Esta cobertura universal incluye trabajadores a tiempo parcial, temporales, en prácticas y con contratos formativos. La protección se extiende también a los trabajadores de empresas subcontratadas que presten servicios dentro de establecimientos hosteleros.

Condiciones laborales y salariales

Las condiciones laborales establecidas en el convenio son el pilar que sostiene la operación diaria de tu restaurante o bar. Conocer estos detalles te permitirá gestionar mejor tu equipo y evitar conflictos innecesarios.

Estructura salarial

CategoríaSalario Base Mensual 2024Salario Base Mensual 2025
Jefe de Cocina (Nivel I)€1.361,03€1.415,47
Camarero (Nivel III)€1.202,80€1.250,91
Ayudante de Cocina (Nivel IV)€1.139,47€1.185,05
Personal de Limpieza (Nivel V)€1.076,17€1.119,22

Estos salarios base se complementan con diversos plus: nocturnidad (25% adicional entre 0:00 y 8:00 horas, 1% entre 22:00 y 0:00), manutención (€55,60 en 2024 y €57,82 en 2025), y plus convenio (€183,87 en 2024 y €191,22 en 2025). Los trabajadores con antigüedad consolidada reciben complementos adicionales según los tramos establecidos en las disposiciones transitorias.

Plus y complementos

El convenio establece múltiples complementos que se suman al salario base. El complemento por permanencia se abona anualmente en marzo a trabajadores de 58 años o más con al menos 10 años de antigüedad. El plus compensatorio de formación de €20 mensuales aplica cuando la empresa no cumple con los requisitos formativos establecidos.

ComplementoCondiciónImporte
Manutención 2024Establecimientos que elaboren comidas€55,60/mes
Manutención 2025Establecimientos que elaboren comidas€57,82/mes
Plus Convenio 2024Todos los trabajadores€183,87/mes
Plus Convenio 2025Todos los trabajadores€191,22/mes

Jornada laboral y horarios

La jornada máxima anual está fijada en 1.800 horas efectivas, equivalente a 40 horas semanales máximo. Puedes establecer horarios partidos (con descanso intermedio de 2 horas) o continuados según las necesidades de tu establecimiento.

Entre jornadas debe existir un descanso mínimo de 12 horas, reducible a 10 horas con compensación posterior. La planificación de horarios debe comunicarse con al menos 7 días de antelación.

El convenio permite flexibilidad en la distribución irregular de jornada para adaptarse a las fluctuaciones estacionales del sector. Esta modalidad requiere acuerdo entre empresa y representantes de los trabajadores, estableciendo períodos de mayor y menor actividad con límites máximos de 40 horas semanales.

Días de descanso y festivos

Los empleados tienen derecho a dos días de descanso semanales. En centros de trabajo de 20 o más trabajadores, estos dos días serán ininterrumpidos. En centros menores, pueden ser no necesariamente ininterrumpidos.

Los 14 días festivos de cada año natural, cuando no se disfruten en sus fechas correspondientes, se compensan acumulándolos a vacaciones o disfrutándolos como descanso continuado en período distinto.

Horas extraordinarias

Las horas extraordinarias se abonan con un recargo del 100% sobre la hora ordinaria. Alternativamente, mediante pacto individual o colectivo, pueden compensarse con 1,5 horas de descanso retribuido por cada hora extraordinaria trabajada.

AspectoDetalle
Recargo económico100% sobre hora ordinaria
Compensación en tiempo1,5 horas descanso por hora extra
ComunicaciónRelación mensual a representantes

Clasificación profesional

El convenio organiza a todos los trabajadores en categorías específicas que determinan salarios y responsabilidades, ayudándote a gestionar mejor tu equipo y cumplir con las obligaciones laborales.

Niveles profesionales

El Nivel I incluye jefes de administración, cocina, restaurante y operaciones de catering (salarios desde €1.415,47 en 2025). El Nivel II se divide en subcategorías: II-A abarca segundos jefes (€1.292,05-€1.409,21), II-B incluye jefes de partida, supervisores y barman (€1.267,33-€1.356,77), y II-C específico para catering (€1.307,48).

El Nivel III representa personal operativo como recepcionistas, cocineros, camareros y encargados (€1.250,91-€1.277,36). Los Niveles IV y V incluyen ayudantes y auxiliares respectivamente (€1.185,05 y €1.119,22 en 2025).

Funciones y responsabilidades

Los directivos planifican estrategias y gestionan presupuestos. Los jefes de departamento coordinan equipos y controlan la calidad del servicio. El personal operativo ejecuta tareas directas: preparación de alimentos, servicio de mesas y limpieza.

NivelResponsabilidades ClaveImpacto En Tu Negocio
DirectivoEstrategia, presupuestosRentabilidad global
IntermedioCoordinación, calidadEficiencia operativa
OperativoEjecución, atención clienteExperiencia directa

Formación y desarrollo profesional

El convenio fomenta la formación continua mediante programas específicos. Las empresas deben participar en organizaciones empresariales firmantes, desarrollar planes de formación continua o participar en planes agrupados de formación permanente. El incumplimiento genera la obligación de abonar el plus compensatorio de formación de €20 mensuales.

Ascensos y promoción interna

Los ascensos se efectúan siguiendo criterios de conocimiento y preparación para el cargo, prevaleciendo la antigüedad en igualdad de condiciones. Cuando se produzca una vacante, la convocatoria debe hacerse pública con 30 días de antelación mínimo.

Una Comisión de Valoración compuesta por 4 vocales (empresario, jefe de departamento, trabajador de mayor antigüedad y representante sindical) evalúa a los candidatos mediante pruebas prácticas y teóricas. Los trabajadores con más de 4 años de antigüedad en categorías auxiliares tienen asignado automáticamente el salario de la categoría inmediatamente superior.

Vacaciones y permisos

Una buena planificación de estos derechos mantiene a tu equipo satisfecho, garantiza el cumplimiento del convenio y evita costosas sanciones.

Período vacacional

Tu personal tiene derecho a 30 días naturales de vacaciones al año, calculados proporcionalmente si no han completado un año completo. La planificación debe realizarse de común acuerdo, estableciendo preferiblemente un calendario antes del 31 de enero.

AspectoDetalle
Días de vacaciones30 días naturales
Período de disfruteEntre enero y diciembre del año correspondiente
PlanificaciónComún acuerdo, decisión final del empresario

El convenio permite fraccionar las vacaciones en dos períodos de 15 días, con la condición de que uno coincida necesariamente con el período comprendido entre el 15 de junio y el 15 de septiembre.

Permisos retribuidos

Los principales permisos incluyen: 15 días naturales por matrimonio o constitución de pareja de hecho, 5 días por accidente o enfermedad graves de familiares, 2 días por fallecimiento de cónyuge o parientes hasta segundo grado, 1 día por traslado de domicilio, y tiempo necesario para consultas médicas y exámenes oficiales.

Motivo del PermisoDuración
Matrimonio o pareja de hecho15 días naturales
Enfermedad grave familiar5 días
Fallecimiento familiar directo2 días
Traslado de domicilio1 día
Consulta médicaTiempo necesario

Excedencias y bajas

La excedencia voluntaria puede solicitarse tras un año de antigüedad, con un mínimo de 4 meses y máximo de 5 años. El puesto queda reservado durante el primer año.

Las excedencias especiales incluyen hasta 3 años para cuidado de hijos, 2 años para cuidado de familiares hasta segundo grado, 3 años para cursar estudios y 2 años por traslado del cónyuge fuera de la Comunidad de Madrid.

Las bajas por enfermedad siguen la normativa de la Seguridad Social. Las empresas abonan complementos hasta el 100% del salario en caso de accidente desde el primer día, y en enfermedad desde el primer día en la primera baja anual, desde el cuarto día en sucesivas bajas.

Contratación y modalidades

El convenio regula específicamente diferentes tipos de contratación adaptados al sector hostelero. Los contratos temporales por circunstancias de la producción tienen una duración máxima de 9 meses dentro de un período de 12 meses, perfectos para cubrir días festivos, incremento de reservas o períodos vacacionales.

Los contratos fijos discontinuos pueden realizarse a tiempo parcial con una duración mínima de 4 horas continuadas. Para servicios extraordinarios (bodas, banquetes, catering), el período mínimo de llamamiento anual es del 60% del período trabajado el año anterior. Los trabajadores pueden rechazar hasta 3 llamamientos sin consecuencias si hay menos de 15 días entre convocatorias.

Prevención y salud laboral

El convenio establece normas específicas de seguridad adaptadas al sector. Los menores de 18 años no pueden utilizar máquinas picadoras, serradoras o cortadoras. Todos los establecimientos deben tener extintores apropiados, salidas de emergencia señalizadas y botiquín con material básico.

Las empresas deben ofrecer un reconocimiento médico anual a todos los trabajadores y tomar medidas para que la temperatura ambiente no supere los umbrales establecidos en la normativa de seguridad laboral. Los Comités de Seguridad y Salud tienen derecho a información sobre cambios tecnológicos y nuevos procesos que afecten la prevención.

Tu hoja de ruta en la hostelería madrileña

El Convenio de Hostelería de Madrid te ofrece una guía completa para navegar exitosamente en el sector hostelero madrileño. Desde salarios hasta clasificaciones profesionales y gestión de permisos, cada detalle cuenta para tu desarrollo laboral.

Tu éxito profesional depende de cómo apliques estos conocimientos en tu día a día. Entender estos aspectos te permitirá tomar decisiones más informadas y estratégicas, ya seas propietario de un establecimiento o empleado.

El sector hostelero madrileño seguirá evolucionando, pero las bases establecidas en este convenio te proporcionan la estabilidad necesaria para crecer. Mantente actualizado con los cambios y revisiones anuales para maximizar tus oportunidades.

Preguntas frecuentes

¿Cuáles son las revisiones salariales pactadas para el período 2023-2025?

Para el año 2023 se aplicó una revisión salarial del 6% con efectos desde el 1 de julio (sin atrasos enero-junio). Para 2024, la revisión es del 5% desde el 1 de enero. Para 2025, se aplicará un incremento del 4% desde el 1 de enero. Estas revisiones se aplican sobre todos los conceptos salariales y extrasalariales, excepto los específicamente no revisables.

¿Cómo funciona la flexibilización de jornada en centros de trabajo pequeños?

Los centros de trabajo con menos de 50 trabajadores pueden flexibilizar la jornada respetando las 1.800 horas anuales, con jornadas diarias de hasta 9 horas y 30 minutos (máximo 4 días consecutivos). Todas las horas por encima de 8 diarias deben compensarse con descanso: al sumar 8 horas adicionales, se disfruta un día de descanso unido a la libranza semanal en un plazo máximo de 15 días.

¿Cómo se determina el complemento por permanencia y quién tiene derecho?

El complemento por permanencia se abona anualmente en marzo a trabajadores que cumplan 58 años o más y tengan al menos 10 años de antigüedad en la empresa. Consiste en una mensualidad completa (salario base más antigüedad consolidada si procede). El derecho nace el 1 de enero del año en que se cumple la edad, independientemente de cuándo se produzca el cumpleaños.

¿Qué derechos tienen los trabajadores con contratos fijos discontinuos?

Los trabajadores fijos discontinuos deben ser llamados según criterios de adecuación al puesto, priorizando categoría y antigüedad. El preaviso mínimo es de 7 días (3 días para servicios extraordinarios). Para contratos a tiempo parcial, el período mínimo de llamamiento anual es del 60% del trabajado el año anterior, con mínimo de 60 jornadas anuales. Los trabajadores pueden rechazar hasta 3 llamamientos sin penalización si hay menos de 15 días entre convocatorias.

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Jessica Sciré
Dedicada a potenciar la digitalización en el sector de la hostelería a través de la localización y el marketing, cuenta con un sólido conocimiento de la inteligencia artificial y gestión de proyectos tecnológicos. Su misión es simplificar la comunicación entre las marcas y sus audiencias en diferentes mercados, asegurando que los contenidos se adapten fielmente a cada cultura y que las herramientas de software respondan a las necesidades reales de los profesionales de la restauración.
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