✨ Resumen rápido
:::danger El sábado por la noche, con la barra a tope y la cola en la puerta, lo último que quieres es pensar en Hacienda. Lo entiendo. Pero esto no va de papeleo: va de evitar una sanción que puede llegar a 50.000 € por ejercicio (art. 201 bis LGT). Y la buena noticia es que, si tienes un sistema homologado, no tienes que hacer casi nada. :::
Puntos clave
- Plazos reales: Verifactu obliga a las sociedades desde el 1 de enero de 2027 y a los autónomos desde el 1 de julio de 2027 (RD-ley 15/2025). Olvida el bulo de "obligatorio en 2026".
- Qué mirar: tu TPV o software de facturación debe ser un sistema homologado que genere registros inalterables, encadenados y con código QR. Pide a tu proveedor la declaración de conformidad.
- Qué evitar: usar un programa no certificado o seguir borrando tickets expone a tu negocio a una sanción de hasta 50.000 € por ejercicio (art. 201 bis LGT).
Verifactu en hostelería es el sistema antifraude de la AEAT que obliga a que tu programa de facturación registre cada venta de forma segura, sin poder borrar ni manipular tickets. Para tu bar o restaurante significa una cosa: el TPV o software que usas tiene que estar adaptado a la norma antes de la fecha que te toque.
El sábado por la noche, con la barra a tope y la cola en la puerta, lo último que quieres es pensar en Hacienda. Lo entiendo. Pero esto no va de papeleo: va de evitar una sanción que puede llegar a 50.000 € por ejercicio (art. 201 bis LGT). Y la buena noticia es que, si tienes un sistema homologado, no tienes que hacer casi nada.
En esta guía te explico qué es Verifactu, a quién obliga y desde cuándo, qué debe cumplir tu sistema, cómo adaptarte paso a paso, las sanciones reales y los errores que veo cada semana en la caja diaria.
Qué es Verifactu y por qué afecta directamente a bares y restaurantes
Verifactu es el sistema antifraude de la AEAT que obliga a que todo programa de facturación impida borrar o manipular tickets y genere un registro seguro de cada venta. Nace del Real Decreto 1007/2023 (Reglamento de los sistemas informáticos de facturación) y de la Ley 11/2021 Antifraude.
En hostelería esto te toca de lleno. Si cobras con un TPV (terminal punto de venta: el sistema donde registras y cobras cada consumición) o con cualquier software para emitir tickets, ese sistema tiene que estar adaptado a la norma.
¿Qué significa en tu día a día? Que cada caña, cada menú y cada cuenta de mesa queda registrada de forma que no se puede alterar. Se acabaron las cajas paralelas y el “borra ese ticket que lo metí mal”.
La idea de fondo es sencilla: Hacienda quiere que el dinero que entra por tu barra quede grabado en piedra. El software hace de notario silencioso de cada venta.
Un punto que confunde a casi todo el mundo: Verifactu no es lo mismo que la factura electrónica entre empresas. La obligación de facturación electrónica B2B viene de la Ley 18/2022 (“Crea y Crece”), es otra norma y tiene su propio calendario. No las mezcles. Para tu bar, lo que manda hoy es Verifactu.
A quién obliga y plazos de entrada en vigor según la AEAT
Verifactu obliga a casi todos los negocios que emiten facturas o tickets con un sistema informático, con dos fechas que debes apuntar. Tras el RD-ley 15/2025, que aplazó los plazos originales, el calendario real es este:
- Sociedades (sujetos del Impuesto sobre Sociedades): obligadas desde el 1 de enero de 2027.
- Autónomos y resto de obligados: desde el 1 de julio de 2027.
Así que si has leído por ahí que Verifactu es “obligatorio en 2026”, es un dato caducado. El RD-ley 15/2025 movió las fechas.
Checklist Verifactu: ¿tu TPV cumple?
Compruébalo en 2 minutos. 7 puntos que te salvan la multa.
Si tu bar es una sociedad limitada, tu fecha es enero de 2027. Si eres autónomo con tu cafetería a tu nombre, tienes hasta julio de 2027.
Una aclaración importante: los fabricantes y distribuidores de software ya solo pueden vender programas adaptados. Es decir, si compras un TPV nuevo hoy, debería venir preparado de fábrica. Lo que cambia en 2027 es tu obligación de usarlo.
Acción concreta: confirma con tu gestoría si tributas como sociedad o como autónomo. Esa respuesta te da tu fecha exacta.
Quién está exento y casos especiales por territorio (TicketBAI en País Vasco y Navarra)
Quedan fuera de Verifactu las empresas acogidas al Suministro Inmediato de Información (SII), que ya reportan a la AEAT casi en tiempo real, y los territorios forales con normativa propia.
Aquí está el lío que más veo: País Vasco y Navarra no usan Verifactu, usan TicketBAI. Es un sistema fiscal foral propio, independiente del nacional.
Si tu local está en Álava, Gipuzkoa o Bizkaia, tu obligación es TicketBAI, no Verifactu. En Bizkaia, el sistema Batuz es obligatorio para todos los contribuyentes desde el 1 de enero de 2026. Álava y Gipuzkoa tienen sus propios calendarios ya en marcha.
Navarra también aplica su versión de TicketBAI.
Entonces, ¿qué te toca a ti? Mira dónde tributa tu negocio:
- Territorio común (resto de España): Verifactu.
- País Vasco / Navarra: TicketBAI / Batuz.
No cometas el error de adaptarte al sistema equivocado. Un bar de Bilbao no necesita Verifactu, necesita Batuz. Un bar de Sevilla, al revés.
Requisitos técnicos que debe cumplir tu sistema de facturación (SIF)
Tu sistema informático de facturación (SIF) debe cumplir cuatro cosas básicas para ser conforme a Verifactu. El SIF es el programa con el que emites tickets y facturas: tu TPV, tu app de cobro o tu ERP.
Estos son los requisitos que exige el RD 1007/2023:
- Registro de facturación con huella digital y encadenado: cada venta genera un registro firmado que se enlaza con el anterior. Si alguien manipula uno, la cadena se rompe y queda rastro.
- Inalterabilidad: el sistema impide borrar o modificar una factura sin dejar evidencia. No puedes “hacer desaparecer” un ticket.
- Trazabilidad completa: todo movimiento (alta, anulación, rectificación) queda guardado y consultable.
- Código QR y mención identificativa en cada factura simplificada o ticket.
Lo que esto significa para ti: el control de la caja deja de depender de la confianza y pasa a depender del software. Es como instalar una caja fuerte que registra cada vez que se abre.
Así resuelve esto TPV
Actualizaciones automáticas cuando cambia la ley · Soporte que sabe de normativa.
No tienes que ser informático para cumplirlo. Solo necesitas un programa homologado. Acción concreta: pide a tu proveedor de TPV la declaración responsable de que su software cumple el RD 1007/2023.
El código QR y la mención “VERI*FACTU” en cada ticket
Cada ticket conforme debe llevar un código QR que permita verificar la factura ante la AEAT. Es la marca visible de que tu sistema cumple.
Ese QR no es decorativo. El cliente puede escanearlo para remitir los datos de la operación a Hacienda o cotejarlos directamente con ella. Funciona como el sello de un notario: confirma que la venta es real y está registrada.
Además, si tu sistema está en modo de envío de registros a la AEAT, el ticket debe incluir la mención “VERI*FACTU”. Esa palabra le dice a quien lo lea que los datos viajan a Hacienda.
Si tu sistema funciona en modo no verificable (sin envío automático), el QR sigue siendo obligatorio, pero no aparece la mención “VERI*FACTU”.
En la práctica, lo verás en el pie del ticket: un cuadradito de puntos y, según el modo, el texto. Si tus tickets actuales no llevan QR, esa es la primera señal de que tu sistema no está adaptado.
Comprueba hoy: saca un ticket de tu TPV y mira si lleva QR. Si no lo lleva, habla con tu proveedor.
Cómo adaptar tu negocio hostelero a Verifactu paso a paso
Adaptar tu bar o restaurante a Verifactu es un proceso de cinco pasos que puedes cerrar en pocas semanas. Que sea obligatorio no significa que sea complicado.
Paso 1: audita tu TPV o software actual. Pregúntate qué sistema usas para cobrar y emitir tickets. Anota marca, versión y proveedor.
Paso 2: pide la declaración de conformidad. Contacta con tu proveedor y solicita por escrito la declaración responsable de que su software cumple el RD 1007/2023. Guárdala: es tu respaldo ante una inspección.
Paso 3: planifica la actualización. Pregunta si tu versión actual se actualiza sola o si necesitas migrar. Calcula coste y tiempo de formación del equipo.
Paso 4: cambia de software si no hay versión homologada. Si tu proveedor no ofrece versión adaptada, busca uno que sí. No te quedes con un sistema condenado.
Paso 5: digitaliza y prueba flujos especiales. Elimina las ventas “manuales” fuera del sistema y ensaya cierres de caja, anulaciones, descuentos e invitaciones.
Ejemplo trabajado: una cafetería de Sevilla, 40 cubiertos, con un TPV antiguo on-premise. Auditó el sistema (paso 1), su proveedor no tenía versión adaptada (paso 2), migró a un sistema cloud homologado en dos días (paso 4) y ensayó un cierre de caja completo antes del servicio (paso 5). Tiempo total: tres semanas, sin parar el negocio.
Acción concreta: no esperes a la víspera de tu fecha. Empieza la auditoría fuera de temporada alta.
Diferencias entre Verifactu y el sistema no verificable (SIF offline)
La diferencia clave es el envío de datos a la AEAT: el modo Verifactu los manda casi en tiempo real; el modo no verificable, no.
Los dos sistemas deben cumplir el RD 1007/2023. Ambos generan registros inalterables, encadenados y con QR. La distinción está en cómo viajan esos datos a Hacienda.
| Característica | Modo Verifactu | Modo no verificable (offline) |
|---|---|---|
| Registro inalterable | Sí | Sí |
| Código QR en el ticket | Sí | Sí |
| Envío automático a AEAT | Sí | No |
| Mención “VERI*FACTU” | Sí | No |
En el modo no verificable, tú decides si activas el envío. Pero tienes que conservar los registros y cumplir exigencias de seguridad más estrictas, porque la AEAT no los recibe automáticamente.
Lo crítico no es el envío: es que el software esté homologado. Usar un programa manipulable es sancionable, estés en el modo que estés.
Para la mayoría de bares, el modo Verifactu es el más cómodo: envías y te olvidas. Menos obligaciones de conservación a tu cargo. Acción concreta: pregunta a tu proveedor en qué modo trabaja tu sistema y por qué.
Sanciones por no cumplir y cómo evitarlas
Usar software de facturación no certificado o no conforme puede costarte hasta 50.000 € por ejercicio (art. 201 bis de la Ley General Tributaria). No es una cifra para asustar: es el riesgo real que la norma quiere cerrar.
La sanción se reparte así, según la LGT:
- Usuarios (bares, restaurantes, cafeterías): hasta 50.000 € por ejercicio por tener o usar sistemas que no cumplan los requisitos.
- Fabricantes y distribuidores de software no conforme: hasta 150.000 € por ejercicio y por tipo de programa.
Lo importante: la responsabilidad de usar un sistema homologado es tuya, aunque el fabricante también responda por vender uno que no lo esté.
Un sistema adaptado a Verifactu reduce el riesgo de sanción y te deja preparado para una inspección. No “garantiza” nada por sí solo, pero quita de la mesa el incumplimiento más caro: el del software.
¿Cómo lo evitas? Tres movimientos:
- Usa solo software certificado y conforme al RD 1007/2023.
- Conserva la declaración responsable del proveedor.
- Aplica bien el sistema: registra todas las ventas, sin atajos.
Acción concreta: archiva hoy la declaración de conformidad de tu TPV en una carpeta. El día de la inspección no querrás buscarla a contrarreloj.
Errores frecuentes en la hostelería y buenas prácticas para la caja diaria
Los errores de Verifactu en hostelería casi siempre nacen en la caja diaria, no en el software. Estos son los que veo cada semana.
Lo que NO debes hacer:
- Seguir con cajas o TPV antiguos sin actualizar al RD 1007/2023.
- Emitir tickets sin QR cuando ya te corresponde.
- Cobrar comandas “en B” sin pasarlas por el sistema.
- Borrar un ticket en vez de rectificarlo con un registro de anulación.
Ese último es el más típico. Un camarero mete mal una mesa, la “borra” y vuelve a empezar. Con Verifactu eso rompe la cadena. Lo correcto es anular, que deja rastro.
Lo que SÍ debes hacer:
- Cerrar siempre la caja diaria desde el sistema, nunca a mano.
- Registrar toda operación: consumos internos, invitaciones, cambios de mesa.
- Restringir perfiles: define quién puede anular o rectificar.
- Cruzar periódicamente los informes de ventas con el efectivo y el TPV bancario.
- Documentar un manual interno de caja y formar al equipo.
Un bar de tapas de Triana redujo sus descuadres de caja casi a cero solo con limitar quién podía anular tickets y revisar el cierre cada noche.
Acción concreta: crea perfiles de usuario en tu TPV esta semana. Que solo el encargado pueda anular.
Recursos oficiales y próximos pasos para mantenerte al día
Para Verifactu, la fuente fiable es siempre la oficial: la AEAT y el BOE, por delante de cualquier resumen de internet. La normativa cambia (lo vimos con el aplazamiento del RD-ley 15/2025), así que conviene ir a la raíz.
Esta guía es información general y no sustituye el asesoramiento de tu gestoría o asesor fiscal para tu caso concreto: si tienes dudas sobre cómo te afecta Verifactu, consúltalo con un profesional antes de tomar decisiones.
Dónde mirar:
- El folleto Veri*Factu y las FAQ de la Agencia Tributaria, que recogen el RD 1007/2023 actualizado.
- El BOE para el texto del RD 1007/2023, el RD-ley 15/2025 y sus modificaciones.
- Las webs de las Haciendas Forales (Álava, Bizkaia, Gipuzkoa, Navarra) si estás en territorio foral, para TicketBAI.
Tus próximos pasos, en orden:
- Confirma con tu gestoría si tributas como sociedad o autónomo, y tu territorio. Eso fija tu fecha.
- Audita tu TPV y pide la declaración de conformidad.
- Si no hay versión adaptada, elige un sistema homologado que incluya mantenimiento y actualizaciones.
- Ensaya el nuevo flujo de caja con tiempo, fuera de temporada alta.
Verifactu no va de papeleo, va del seguro de tu negocio: no lo notas hasta que llega la inspección, y entonces agradeces tenerlo en regla. Con un sistema homologado y la caja bien llevada, esto se vuelve invisible. Empieza por la auditoría esta semana y te quitas el tema de la cabeza.
Preguntas frecuentes sobre Verifactu en hostelería
¿Verifactu es obligatorio en 2026?
No. Tras el RD-ley 15/2025, las fechas se aplazaron: las sociedades quedan obligadas desde el 1 de enero de 2027 y los autónomos desde el 1 de julio de 2027. Lo que sí ocurre antes es que los fabricantes de software solo pueden vender programas ya adaptados. La obligación de usarlo en tu bar llega en 2027.
¿Verifactu es lo mismo que la factura electrónica obligatoria?
No. Verifactu controla los programas de facturación frente al fraude; la factura electrónica B2B (Ley Crea y Crece) regula cómo se emiten facturas entre empresas. Son dos obligaciones independientes, con plazos propios: no las mezcles al informarte.
¿Qué pasa si mi local está en el País Vasco?
No usas Verifactu, usas TicketBAI. Es el sistema foral propio. En Bizkaia, Batuz es obligatorio para todos los contribuyentes desde el 1 de enero de 2026. Álava y Gipuzkoa tienen calendarios propios ya en vigor. Navarra aplica su versión. Verifactu solo afecta al territorio común.
¿Tengo que cambiar mi TPV sí o sí?
Solo si tu proveedor no ofrece una versión adaptada al RD 1007/2023. Pregúntale primero si actualiza tu sistema actual. Si lo hace, no cambias nada. Si no tiene versión homologada, ahí sí necesitas migrar a un software conforme antes de tu fecha.
¿Verifactu me obliga a enviar todos los tickets a Hacienda en tiempo real?
Depende del modo. En modo Verifactu, sí: los registros viajan a la AEAT casi al instante. En modo no verificable, el sistema guarda todo de forma inalterable pero no envía automáticamente. Lo obligatorio en ambos es que el software esté homologado y genere QR.
¿Cuál es la sanción por usar un TPV no certificado en Verifactu?
Hasta 50.000 € por ejercicio si usas software de facturación que no cumple el RD 1007/2023 (art. 201 bis LGT). Los fabricantes que venden software no conforme también responden con multas de hasta 150.000 € por tipo de programa y ejercicio.
¿Qué pasa si mi local está en el País Vasco?
El País Vasco queda fuera de Verifactu: usa su propio sistema, TicketBAI, con calendario y requisitos por territorio (Álava, Gipuzkoa, Bizkaia). Si facturas allí, lo tuyo es TicketBAI, no Verifactu.
Referencias
- Sistemas informáticos de facturación y Veri*factu — Sede de la Agencia Tributaria — Agencia Tributaria (AEAT)
- Ley 58/2003 General Tributaria — art. 201 bis (infracciones por software de facturación) — BOE