El SMI sube a 1.221 euros en 2026: qué cambia en las nóminas de la hostelería

El SMI 2026 sube a 1.221 euros al mes (17.094 al año), un 3,1 % más y retroactivo a enero. Qué cambia en las nóminas de bares y restaurantes.

Una nómina de hostelería sobre la barra de un bar muestra el salario mínimo de 2026, 1.221 euros al mes, junto a una calculadora y monedas de euro; al fondo, un camarero atiende el local.

✨ Resumen rápido

El salario mínimo interprofesional (SMI) quedó fijado para 2026 en 1.221 euros brutos al mes repartidos en catorce pagas, un 3,1 % más que el año anterior, según el Real Decreto 126/2026 publicado en el Boletín Oficial del Estado. La subida tiene efectos retroactivos desde el 1 de enero, de modo que los bares y restaurantes que abonaron nóminas por debajo de esa cifra en enero y febrero están obligados a pagar los atrasos.

Puntos clave

  • Cuánto: El SMI de 2026 es de 1.221 euros brutos al mes en catorce pagas: 17.094 euros al año, un 3,1 % (37 euros al mes) más que en 2025.
  • Desde cuándo: Se aplica con efecto retroactivo al 1 de enero de 2026, por lo que las nóminas pagadas de menos en enero y febrero deben regularizarse.
  • El matiz: El decreto permite a las empresas seguir absorbiendo la subida con complementos en cómputo anual; el proyecto de real decreto que limitará esa absorción está en tramitación desde febrero de 2026, pero todavía no ha entrado en vigor.

El salario mínimo interprofesional (SMI) quedó fijado para 2026 en 1.221 euros brutos al mes repartidos en catorce pagas, un 3,1 % más que el año anterior, según el Real Decreto 126/2026 publicado en el Boletín Oficial del Estado. La subida tiene efectos retroactivos desde el 1 de enero, de modo que los bares y restaurantes que abonaron nóminas por debajo de esa cifra en enero y febrero están obligados a pagar los atrasos.


Qué fija el Real Decreto 126/2026

La norma que regula el nuevo mínimo es el Real Decreto 126/2026, de 18 de febrero, publicado en el BOE del 19 de febrero. Eleva el SMI a 1.221 euros brutos mensuales en catorce pagas, lo que equivale a 40,70 euros por día y a 17.094 euros al año. Frente a los 1.184 euros de 2025, la subida es del 3,1 %: 37 euros más al mes y 518 euros más al año en términos brutos, antes de cotizaciones.

El incremento beneficia a alrededor de 2,5 millones de trabajadores en España y salió adelante en el marco del diálogo social, con el acuerdo de los sindicatos CCOO y UGT, pero sin el respaldo de la patronal CEOE-CEPYME. Para la hostelería, intensiva en mano de obra y donde el personal compite con el food cost como mayor partida de gasto, el SMI marca el suelo de muchas nóminas y se suma a otras obligaciones laborales del sector, como el control horario.

El SMI es un suelo, pero no toda la hostelería está por debajo

El salario mínimo funciona como un suelo legal: ninguna categoría puede cobrar por debajo de él. La clave, a menudo malinterpretada, es que la comparación se hace por el salario total en cómputo anual, no por el salario base aislado. Una categoría de convenio solo debe corregirse al alza si el conjunto de sus retribuciones anuales queda por debajo de los 17.094 euros.

Eso significa que el impacto no es uniforme. Recae sobre todo en las categorías de entrada y en el personal menos cualificado de convenios con tablas ajustadas. En cambio, varios convenios provinciales de hostelería ya fijan salarios por encima del nuevo mínimo: el convenio de Madrid sitúa su nivel más bajo en torno a 17.300 euros anuales y el de Alicante por encima de los 18.900. En esos casos, la subida del SMI no obliga por sí sola a tocar las tablas.

La confusión de los complementos: lo que el decreto permite hoy

Aquí está el punto donde más titulares se cruzan. El Real Decreto 126/2026 mantiene en su articulado la compensación y absorción: cuando el salario que ya percibe un trabajador supera el SMI en cómputo anual y en conjunto, la revisión del mínimo no obliga a modificar la estructura de su retribución. Dicho de otro modo, el decreto vigente permite a las empresas seguir computando los complementos para alcanzar el mínimo.

En paralelo, el Ministerio de Trabajo tramita un proyecto de real decreto, en audiencia pública desde febrero de 2026, que transpone la Directiva (UE) 2022/2041 sobre salarios mínimos adecuados y delimita los casos en los que esa absorción no podrá operar. Pero ese proyecto todavía no es norma en vigor.

Conviene separar los dos relojes. Lo que rige las nóminas de este año es el real decreto del salario mínimo, y ese permite la absorción.

El SMI y el IRPF: por qué quien lo cobra no tributa

Otra novedad recurrente es la fiscal. Quien percibe el SMI de 2026 queda exento de tributar por IRPF, pero esa exención no aparece en el decreto del salario mínimo: se articula en la normativa del impuesto, que eleva el umbral exento mediante una deducción específica para las rentas del trabajo más bajas. Es el cuarto año consecutivo que se aprueba una medida de este tipo para blindar fiscalmente el salario mínimo.

Hay un matiz importante para la gestión de la nómina: “exento de tributar” no equivale a “sin retención”. Puede practicarse una retención mensual que el trabajador recupera después en la declaración de la renta. La cifra concreta depende de cada situación personal y de la normativa fiscal del ejercicio.

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Preguntas frecuentes

¿Qué pasa ahora?

Lo inmediato es que las nóminas de la hostelería se rigen por el Real Decreto 126/2026. Los atrasos de enero y febrero, si los hubo, ya deberían estar regularizados. La señal a vigilar no es el SMI en sí, que se renegocia cada año en el diálogo social, sino el proyecto de real decreto que transpone la directiva europea y limitará la absorción de complementos. Si se aprueba, cambiaría la forma de computar pluses como la nocturnidad, los festivos o las horas extra para alcanzar el mínimo. Hasta entonces, esos complementos siguen sumando, salvo que el convenio diga lo contrario. La aplicación a cada nómina depende del convenio provincial y conviene contrastarla con una gestoría o asesoría laboral.

¿Desde cuándo se aplica el SMI de 2026?

Desde el 1 de enero de 2026, con carácter retroactivo, aunque el Real Decreto 126/2026 se publicó el 19 de febrero. Las nóminas abonadas por debajo del nuevo mínimo en enero y febrero deben regularizarse con el pago de los atrasos correspondientes.

¿Cuánto sube la nómina de un trabajador a jornada completa?

El nuevo SMI son 1.221 euros brutos mensuales en catorce pagas, frente a los 1.184 de 2025: 37 euros más al mes y unos 518 euros más al año en términos brutos, antes de cotizaciones y de cualquier complemento del convenio.

¿Puede un bar usar los complementos para llegar al SMI?

Hoy sí, mientras no cambie la norma. Con las reglas actuales lo que cuenta es lo que el trabajador percibe al año: si sumando salario base y pluses ya alcanza el mínimo, el local no está obligado a subir el salario base. Esa práctica es justo la que el proyecto en tramitación pretende acotar.

¿El trabajador que cobra el SMI paga IRPF?

Queda exento de tributar gracias a una deducción recogida en la normativa del IRPF, no en el decreto del salario mínimo. Eso no significa que no exista retención en la nómina: si se practica, el trabajador la recupera en la declaración anual.

¿Afecta la subida a todos los convenios de hostelería?

No de forma automática. Solo deben corregirse las categorías cuyo salario en cómputo anual quede por debajo de 17.094 euros. Varios convenios provinciales, como los de Madrid o Alicante, ya fijan tablas por encima del SMI de 2026.

Referencias

  1. Real Decreto 126/2026, de 18 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2026 (BOE-A-2026-3815) — BOE
  2. Directiva (UE) 2022/2041 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre unos salarios mínimos adecuados en la Unión Europea — EUR-Lex

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